miércoles, 2 de mayo de 2018

DESARROLLO SINDICAL



En Colombia la organización sindical  está reconocida  en el Código Sustantivo del Trabajo (CST), el cual fue modificado por la ley  584 del 13  de junio  de 2000. El artículo  353 del código  se reconoce y reglamenta el derecho a la asociación  de la siguiente manera:
1.        De acuerdo con el artículo 39 de la constitución política de Colombia  los empleadores y trabajadores  tienen el derecho de asociarse libremente  en defensa de sus  intereses, formando asociaciones  profesionales o sindicatos; estos poseen el derecho de  unirse o federarse entre sí.
2.       Las asociaciones profesionales  o sindicatos deben ajustarse en ejercicio de sus derechos  y cumplimiento de sus deberes, a las normas de este título  y están sometidos  a la inspección y vigilancia  del gobierno, en cuanto concierne al orden público.



La clase de sindicatos  de trabajadores  reconocidos en el país  se pueden dividir en  tres categorías:

Ø  De base o empresa: trabajadores  de varias profesiones u oficios  que laboren en una misma empresa, establecimiento o institución.
Ø  De industria: trabajadores de varias empresas de la misma industria
Ø  Gremiales: trabajadores de una misma profesión. Oficio o especialidad

De acuerdo con la legislación interna, en una empresa solo puede  existir un sindicato  de base. Si hay más subsistirá el que tenga mayor número de afiliados. (Art 357 CST)
Los sindicatos libres y democráticos se fundamentan en la solidaridad – las personas trabajan juntas para conseguir mejoras en sus lugares de trabajo y en la comunidad. A través de la ISP, los sindicatos de todo el mundo trabajan juntos para apoyarse unos a otros. Los sindicatos consolidados comparten sus conocimientos y experiencia con los sindicatos que disponen de menos recursos. Esta asistencia incluye ayudar a desarrollar herramientas para servir a los miembros, suministrar recursos y materiales educativos, y ofrecer ayuda internacional para defender los derechos de los miembros.


Bibliografía : http://www.mintrabajo.gov.co/web/guest/inicio



viernes, 27 de abril de 2018


CGT (Confederación General del Trabajo)

Informe y registro de casos de sindicalistas victimas




imagen: https://www.google.com.co/search?q=imagen+de+sindicalicidio&rlz=1C1EODB_esCO762CO762&tbm=isch&source=iu&ictx=1&fir=chMX5VMhBYUyUM%253A%252CiSWuhYD_7fhLpM%252C_&usg=__1GyoCnIPwROf-5-fiqI82ilLN9U%3D&sa=X&ved=0ahUKEwjdk7erhNvaAhVxplkKHeXMCYYQ9QEIKzAB#imgrc=chMX5VMhBYUyUM:

Noticias


CASOS DONDE HAN SIDO ASESINADOS SINDICALISTAS

En lo que va corrido de 2017, ocho sindicalistas han sido asesinados en todo el país, de los cuales tres fueron en Valle del Cauca y dos más en el departamento de Cauca.
Por eso el Gobierno nacional a través del Ministerio del Trabajo, el Ministerio del Interior y organismos de seguridad, junto a la gobernación de Valle del Cauca, ha diseñado una ruta de atención a las trabajadores sindicalizados que reciban amenazas por razones de su labor.
Este plan contará con dos comisiones especiales de la Fiscalía, que estarán encargadas de investigar los homicidios y factores de riesgo para los sindicalistas, así como también proteger las garantías sindicales al derecho de asociación.
La ministra Griselda Yanet Restrepo, sostuvo que habrá una ruta de atención para atender específicamente casos de vulneración de derechos humanos al sector sindical.
La comisión nacional tendrá que rendir mes a mes un informe al Ministerio del Trabajo para conocer sobre nuevas amenazas, establecer zonas de riesgo y prevenir nuevos asesinatos.
Estos informes se realizarán con base en los datos recolectados por cada región y serán suministrados a los sindicatos y organismos vinculados a la asociación obrera.


https://www.lafm.com.co/nacional/ocho-sindicalistas-asesinados-colombia-cinco-casos-valle-cauca/ 



LO BUENO Y LO MALO DE ESTAR VINCULADO A UN SINDICATO

LO MALO
·         Es un doble trabajo, porque usted debe cumplir con sus actividades como funcionario de la empresa y con los compromisos que haya asumido con la asociación. Vivas por ejemplo, además de ser presidente de Ansemitra, es abogada de la oficina jurídica.
·         No hay bonificaciones, ni dinero extra. Los miembros del sindicato no cuentan con algún beneficio económico.
·         Como miembro es posible que le hagan algún tipo de descuento sobre el salario que recibe mensualmente. Por ejemplo, en Ansemitra, se le descuenta el 1% a los trabajadores que pertenecen a este. María del Carmen opina que  debería ser obligatorio el aporte por parte de todos los trabajadores así no estén asociados, “finalmente es un beneficio para todos”.
·         Tiene que enfrentarse a temas polémicos como las nóminas paralelas, que tienen que ver con la congelación de la vinculación directa con el Estado, mientras aumentan los contratos de prestación de servicios de trabajadores independientes, por lo que es menor el número de personas que podrían pertenecer al sindicato y aportar a él.
http://www.finanzaspersonales.co/trabajo-y-educacion/articulo/sindicato-ventajas-y-desventajas-de-pertencer-a-un-sindicato/69377


LO BUENO Y LO MALO DE ESTAR VINCULADO A UN SINDICATO


1.       LO BUENO
·         Vivas lleva 21 años en Ansemitra y considera que lo mejor de pertenecer a un sindicato es la satisfacción personal que se tiene por lograr hacer algo bueno por los demás, estar al servicio y ver que hay gente que con una acción proactiva y que beneficia al conjunto, es feliz. Recalca también que estar vinculado en estas asociaciones permite conocer más de cerca los problemas para trabajar en ellos y encontrar una solución.
·         De acuerdo con Iván Jaramillo, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, un beneficio más es hacer parte de lo que es un mecanismo democrático de representación de los trabajadores y el derecho a huelga para poder presionar por las  vías legales los acuerdos de mejora laboral.
·         Otra ventaja es la protección por entidades como la Procuraduría, la Fiscalía, como también por parte de la gente. Además de que tienen un fuero sindical, es decir, que usted cuenta con una protección especial que evita que su empleador lo pueda despedir sin autorización. Para que eso ocurra, debe tener el consentimiento del Ministerio de Trabajo.
·         De acuerdo con Adriana Montoya fundadora de la firma Am Grupo Jurídico S.A.S, existe el fuero sindical, que es para las personas que hacen parte de la asociación como directivos o personas nombradas en comisiones  y elfuero circunstancial, que cobija a las personas que estén vinculadas en el momento de la negociación de un pliego de peticiones. El primero, tiene una protección durante dos años, que es lo que usualmente dura la junta directiva más seis meses, y el segundo según el tiempo que dure la discusión del pliego de peticiones más seis meses.
·         Los permisos: de acuerdo con los artículos 57 y 59 del Código Sustantivo de Trabajo, la empresa está en la obligación de dar los permisos necesarios para que el afiliado del sindicato pueda cumplir con las actividades o funciones que tengan.





situaciones generan estrés


1.       ¿Qué situaciones generan estrés o se consideran que producen carga emocional  en los sindicalistas?
R/ta:
·         Pliegos de peticiones
·         Huelgas
·         Amenazas
·         Atentados
·         Perdida de su estabilidad laboral