martes, 3 de abril de 2018

DERECHOS HUMANOS EN MATERIA LABORAL

Los principios universales sobre los derechos humanos en material laboral tienen una expresión regional en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, otros son regulados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, aprobada en la novena Conferencia Internacional Americana ( Bogotá ), 1948 y reformada en 1967 por la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria ( Buenos Aires ) y en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana , Bogotá , 1948. Son Derechos Humanos en materia laboral los siguientes: 1. Derecho a la no Discriminación 2. Prohibición del trabajo forzoso 3. Derecho al trabajo 4. Derecho a un salario justo 5. Derecho al “no trabajo “ 6. Derecho a la formación profesional 7. Derecho a la seguridad social 8. Derecho de reunión 9. Derecho de sindicación 10. Derecho a la negociación colectiva 11. Derecho a la huelga 12. Derecho de petición 13. Derecho de consultas 14. Derecho de asistencia legal 15. Derecho de funcionamiento apropiado a la negociación pública. Por lo anterior, se puede afirmar que cualquier programa de reformas a la legislación laboral que tenga como finalidad modificar o atentar los derechos mínimos establecidos en las leyes de trabajo, será un atentado contra los Derechos Humanos y los postulados de la Organización Internacional del Trabajo. Teoría General Del Derecho Laboral, Guillermo Guerrero Figueroa, pag. 253

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